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CURSOS QUE SE DICTAN EN NUESTRO INSTITUTO
¿Sabía Usted que a partir del 1 de julio del corriente año, entra en vigencia la disposición nro. 63-DGSPR/10 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que introduce modificaciones en cuanto a la capacitación prevista en la Ley 1913/05?
Atento a ello, a continuación detallaremos las especialidades por las cuales las agencias de seguridad interesadas en capacitar a su personal deberán optar antes de inscribirlos.
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Materias por especialidad:
- Vigilador general con uso de armas.
- Custodia de personas y/o bienes.
- Brigadistas y prevención contra incendios.
- Vigilancia en locales bailables y espectáculos públicos.
- Seguridad bancaria.
- Seguridad en centros comerciales, hospitales, industrias y hoteles.
- Vigilador líder.
- Vigilador jefe de servicio.
- Supervisor.
- Seguridad en la institución escolar.
Las especialidades mencionadas son establecidas tanto para el curso inicial como para el de adiestramiento anual. |